Abogados especialistas en Extranjeria y Nacionalidad
El Derecho de Extranjería es la rama del Derecho que regula la situación legal de los extranjeros en España: permisos de residencia y trabajo, nacionalidad, reagrupación familiar, renovaciones, visados, expulsiones y otros trámites ante la administración pública.
Si eres extranjero y vives en Gijón o en cualquier parte de Asturias, podemos ayudarte a regularizar tu situación, obtener tu residencia, tramitar tu nacionalidad española o defenderte frente a una orden de expulsión. Nuestra firma ofrece un acompañamiento completo, cercano y eficaz.

Conocimiento profundo de la Ley de Extranjería y reglamentos
Un buen abogado debe dominar la normativa actualizada y los cambios recientes que afectan a permisos, renovaciones y nacionalidad.

Experiencia con trámites administrativos y recursos
Muchos procedimientos de extranjería se resuelven en vía administrativa. El abogado debe saber cómo presentar documentación, subsanar errores y recurrir resoluciones desfavorables.

Habilidad para tratar con la Oficina de Extranjería y Delegación de Gobierno
La práctica real es clave. Un abogado con experiencia local en Gijón sabrá cómo funcionan los procedimientos en estas oficinas y cómo agilizar gestiones.

Trato cercano y Empatico
El derecho de extranjería afecta a personas en situaciones vulnerables. La empatía, la claridad al explicar y la capacidad para comunicarse en otros idiomas son cualidades esenciales.
Principales Arraigos
Arraigo Social
El arraigo social es una autorización de residencia que se concede en circunstancias excepcionales a personas que no cumplen los requisitos generales de residencia, pero que tienen un arraigo social significativo en España.
Arraigo Familiar
Es una forma de obtener permiso de residencia y trabajo para extranjeros no comunitarios que tienen un vínculo familiar específico con un ciudadano español o residente legal en España. Principalmente, este permiso se concede a padres o madres de hijos menores de edad españoles, o a hijos de padre o madre españoles. También se puede solicitar si se es cónyuge o pareja de hecho de un ciudadano español.
Arraigo sociolaboral
Está destinado a trabajadores por cuenta ajena que han residido en España durante al menos dos años y que pueden demostrar una jornada laboral mínima de 20 horas semanales.
Nacionalidad Española
La nacionalidad española puede adquirirse de diversas formas, incluyendo por nacimiento, por residencia, y por opción, entre otras. Los españoles de origen, por ejemplo, son aquellos nacidos de padre o madre español, o nacidos en España de padres extranjeros si uno de ellos nació en España.
Preguntas & Respuestas
¿Cuáles son los requisitos del Arraigo Social en 2025?
- Permanencia en España: Tener dos años de residencia continuada en España.
- Medios económicos: Demostrar medios económicos suficientes para vivir en España, ya sea a través de un empleo o de los recursos propios.
- No tener antecedentes penales: No tener condenas por delitos graves.
- Integración social: Demostrar una integración social en España, por ejemplo, a través de la escolarización de hijos, la participación en actividades comunitarias o la asistencia a clases de español.
- No ser solicitante de asilo: No haber estado solicitando asilo en España durante esos dos años.
¿Cuáles son los requisitos para el nuevo Arraigo Familiar en 2025 ?
- Vínculo familiar:
Tener un vínculo familiar con un ciudadano español (cónyuge, descendientes, ascendientes o hijos menores de 21 años o que estén a cargo).
- Antecedentes penales:
No tener antecedentes penales en España ni en los países donde se haya residido en los últimos cinco años.
- Prohibición de entrada:
No tener prohibida la entrada a España ni a otros países con los que España tenga acuerdos de migración.
- Acreditación de dependencia o convivencia:
En algunos casos, se debe acreditar que se cumplen las condiciones de dependencia o convivencia, por ejemplo, si se solicita el arraigo como ascendiente.
Documentación necesaria (dependiendo del caso):
- Pasaporte vigente.
- Certificado de antecedentes penales.
- Prueba del vínculo familiar (certificado de nacimiento, matrimonio, adopción, etc.).
- Certificado de empadronamiento.
- Documentación del familiar español o residente legal (DNI, NIE o pasaporte).
- Justificante de abono de la tasa administrativa.
¿Cuáles son los requisitos para el nuevo Arraigo para la formación en 2025 ?
- Permanencia continuada en España:
Se debe haber residido en España durante al menos dos años de forma continua.
- No tener antecedentes penales:
No se deben tener antecedentes penales en España ni en el país de origen o en los países donde se haya residido en los últimos cinco años.
- No estar prohibido la entrada a España:
No se debe tener prohibida la entrada a España ni ser considerado rechazable en países con los que España tenga convenio.
- Compromiso de formación:
Se debe estar matriculado o comprometerse a realizar una formación reglada para el empleo o un curso relacionado con el ámbito profesional.
- Formación reglada y oficial:
La formación debe ser reglada, oficial y reconocida por las autoridades competentes, como cursos de Formación Profesional, certificados de profesionalidad, o formaciones promovidas por los Servicios Públicos de Empleo.
- Tasa de extranjería:
Se debe abonar la tasa correspondiente al trámite de extranjería.
- Documentación:
Se debe presentar la documentación requerida, como el pasaporte, el certificado de empadronamiento, el certificado de antecedentes penales, y la documentación que acredite la matrícula o compromiso de realizar la formación.
¿Cuáles son las nuevas categorías de arraigo?
El nuevo reglamento introduce nuevas categorías de arraigo, como el arraigo sociolaboral, el arraigo socioformativo y el arraigo de segunda oportunidad, buscando facilitar la regularización y el acceso a la formación.
¿Qué cambios hay en la reagrupación familiar?
Se introduce una nueva edad mínima de 18 años para cónyuges, se clarifica la situación de los familiares reagrupables y se establecen condiciones de vivienda adecuadas.
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